lunes, 15 de octubre de 2007

DETERIORO AMBIENTAL GLOBAL: INICIO DEL "IUS COGENS INTERNACIONAL - AMBIENTAL"?

(foto utilizada desde earthday.com)

Por Rodrigo Higuera M.
Alumno Curso Derecho Internacional Público 2007
Universidad de Magallanes (UMAG), Punta Arenas, Chile.

No cabe duda que en los últimos años, el tema medioambiental ha cobrado mayor notoriedad dentro de la comunidad internacional, ello debido a las cada vez más evidentes consecuencias del crecimiento económico e industrial del hombre en el globo, con abierto menoscabo, o al menos, alteración, del funcionamiento natural de los ecosistemas. Por ello este tema no es indiferente al Derecho, lo que se ve reflejado en el expansivo desarrollo que ha tenido la disciplina del Derecho Ambiental en el último tiempo. Pero lo que resulta interesante, a mi juicio, es ver como este problema global ha influido en el nivel en donde justamente es posible realizar cambios de mayor efecto a nivel global, esto es, en el ámbito del Derecho Internacional Público.

Más interesante resulta revisar cómo se ha reflejado en aquellas normas jurídicas más fundamentales del ordenamiento jurídico que lo componen: Ius Cogens o normas imperativas de Derecho Internacional, las cuales no pueden ser desconocidas por los sujetos de derecho internacional, reflejan valores fundamentales de la humanidad y que son reconocidos como tales en un momento dado de la historia, permaneciendo en el acervo de principios fundamentales aceptados por la sociedad internacional. En este ámbito de cosas, es posible apreciar la particular expansión que ha tenido la normativa ambiental internacional desde la segunda mitad del siglo XX como también la celebración de importantes Convenciones internacionales al respecto, surgidas desde espacios tan relevantes como por ejemplo la Conferencia de Estocolmo sobre el Medio ambiente de 1972, que dio lugar a convenios claves en esta materia y la de Río de Janeiro de 1992, más cercana en el tiempo, de la cual surgen, entre otros, la Convención sobre Biodiversidad y Cambio Climático.

Dada la generalizada aceptación, suscripción y ratificación de algunos de estos convenios, y por lo mismo de los conceptos, causas y fundamentos que las originan, ¿Puede esta normativa internacional considerarse, en algunos apartados básicos, o al menos llegar a transformarse, en normas imperativas de Derecho internacional (ius Cogens?) Teniendo en cuenta la situación de crisis climática y ambiental que se avecina, con las nefastas consecuencias que estamos presenciando (cambio climático, alteración de ecosistemas, escasez de recursos hídricos, deforestación, contaminación del agua y suelo, entre otras) vemos como se percibe un camino evolutivo de estas normas jurídicas a un nivel de obligatoriedad mayor, pasando de la etapa soft –hard law, a “ius cogens” internacional.

Es notorio como esta evolución o tendencia se ha venido gestando a través del tiempo, debido al acelerado deterioro ambiental del último quinquenio, y a la creciente necesidad de acuerdos internacionales a que ha llevado el panorama actual. Estas presiones se hacen cada vez más explícitas y evidentes para aquellas potencias que todavía se resisten a ratificar acuerdos internacionales sobre la materia. Caso emblemático es el de Estados Unidos respecto del Protocolo de Kyoto sobre el cambio climático, de 1997, el cual fue suscrito, aunque simbólicamente por el gobierno de Bill Clinton, pero que ni él ni su sucesor (G. Busch) han ratificado.

Por cierto que en algún momento esta posición va a tener que ceder ante la presión que tiene dicho gobierno dentro de los círculos científicos norteamericanos, pero más aún por la presión de toda la comunidad internacional. Es más, esta postura probablemente se va a ver enfrentada a una normativa ambiental internacional que cada vez irá adquiriendo mayor coercibilidad jurídica, al punto de poder llegar a serle aplicable, incluso si no ha ratificado los acuerdos respectivos, dentro de lo que se podría señalar como “orden público internacional - ambiental” si se realizan actos que vulneren dichas normas y los principios que ellas expresan.

Para que este proceso llegue a tener su máximo desarrollo, será necesario que aumente cada vez más el consenso a nivel internacional - no solo a nivel de gobierno, sino también a nivel de sociedad civil y especialmente en el ámbito de las esferas empresariales (las cuales tienen bastante que decir) - para lograr un nivel de legitimidad de estos postulados básicos ambientales, que permita al Derecho Internacional contar con las herramientas necesarias que permitan ayudar a tomar decisiones efectivas. Lo lamentable será, dada la experiencia de la historia, que quizás deberá desencadenarse una tragedia ambiental de proporciones a nivel global (como ya está ocurriendo), para que como humanidad identifiquemos la necesidad de reconocer en postulados básicos del derecho ambiental su calidad de “ius cogens internacional”, con los niveles de coersitividad que le son inherentes.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Ciertamente la historia ha demostrado que el hombre -tomado en sentido amplio- suele demorarse en darse cuanta de los problemas que le pueden afectar de manera gradual. Problemas que en muchos casos -sino en todos- es èl la principal , primera y determinante CAUSA.

Y los problemas que la humanidad ha traìdo al planeta tierra -que parece olvidarse por algunos, es NUETRA casa- tienen generalemente repercusiòn en nuestras mismas formas de vida.

La eliminaciòn (mal llamada "extinciòn") de especies animales y vegetales, el deterioro de los suelos, la modificaciòn irreversible de procesos naturales tales como las cadenas alimenticias y en general la estabilidad de los ecosistemas, han venido a coronarse por la màs grave de las intervenciones del hombre: la contaminación ha llegado a ser tal, que las repercusiones no tienen vuelta atrás dentro del ambtio ambiental.

Y no hay vuelta atràs porque el daño es demasiado.Lo ùnico que queda ahora es aceptar nuestra culpa en la actual patología de nuestra "casa", el cambio climático, y mirar el futuro con otros ojos.

Y ese cambio de perspectiva tenemos que imperiosamente llevarlo a cabo nosotros, la generaciòn actual, ello porque lamentablemente, parece ser que los "adultos" no tienen mayor preocupaciòn por el mundo que heredaremos.

Un mundo que, si sigue asì, serà una especie de basurero maloliente enclavado en un desierto, en donde el calor y el aire pesados nos recordarán a cada instante que la sed que sentimos será consecuencia de la mala razón de nuestros antepasados.

Personalmente,creo que ese cambio de visión ya está ocurriendo, por lo que espero en el futuro dar las gracias a los adultos que sí han tenido conciencia, visión de futuro, en definitiva, humanidad.

Y es verdad también que ese cambio de visión se está desarrollando internacionalmente: las conciencias se están despertando -en la mayoría de los casos-, y plasmándose en diversos acuerdos internacionales.

Pero no sólo los tratados o convenciones los que crearán ius cogens ambiental, sino que preponderantemente, costumbres y más aún, el sentir generalizado de la comunidad internacional que no pide sino que EXIGE respeto por el lugar en donde vive, de parte de todo quien no se suma a este sentir gobal por mezquinos intereses políticos y/o económicos.

Respeto, sólo eso pedimos todos.