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Por Karina Ulloa
El presente Blog constituye una herramienta para facilitar el desarrollo del "Curso de Derecho Internacional Público" de la Universidad de Magallanes. Los comentarios vertidos en él reflejan la opinión de quien los ha formulado, sin comprometer en absoluto a la Universidad.
Todas estas reclamaciones se refieren a plataformas continentales que se extienden más allá de las
La plataforma continental es un espacio marítimo sobre el cual un Estado ribereño ejerce soberanía económica. Es la extensión del territorio en el mar hasta la fosa abisal o hasta las
de recursos naturales importantes para cualquier economía. Dentro de ellos podemos destacar recursos vivos o naturales renovables. Al efecto, recordemos que hasta hace poco la costa antártica fue escenario de una abundante caza de lobos finos, elefantes marinos, focas y cetáceos, lo que llevó a estas especies al borde mismo de la extinción. La merma brusca de esas poblaciones, trajo como consecuencia que en la actualidad exista una importante abundancia de algunas otras especies, tales como el krill, peces, calamares y pulpos, mamíferos marinos y cetáceos.
También en el continente blanco se ha constatado que los fondos marinos, específicamente las cuencas que conforman el Océano Austral, presentan fuentes de gran potencialidad económica en recursos naturales no renovables con capas sedimentarias en las que se encuentran repartidos nódulos de manganeso mineralizado, además de existir varias zonas favorables para la explotación de petróleo y gas natural. Otro recurso "clave" es el agua, que representa una de las grandes riquezas de
Existen también factores estratégicos de importancia que dicen relación con las rutas marítimas y las islas australes. En efecto, existen pocas rutas entre el Océano Atlántico y el Océano Pacífico, uno de ellos es el Paso de Drake, entre
Igualmente, las islas australes cobran especial importancia en el contexto del valor geoestratégico de
Otro aspecto más novedoso surge de algunos estudios técnicos que demuestran las ventajas comparativas que tiene el continente antártico respecto a la eventual utilización de esta región como zona de bases para el lanzamiento de naves y cohetes con fines espaciales. Este aspecto ha sido determinado por la ubicación geográfica del Polo Sur y por las menores distancias que debe recorrer un vehículo espacial para quedar fuera de la atracción de la fuerza de gravedad de la tierra. Todas estas ventajas económicas y geopolíticas que presenta el Continente antártico lo transforman en un territorio "codiciado" por distintos países, entre ellos, Gran Bretaña, que está muy próxima a hacer una reclamación. Pero, ¿es jurídicamente correcta la pretensión Británica?
El estatuto internacional básico sobre las materias relacionadas con
1)
2) Con el fin de promover la cooperación internacional en la investigación científica en
3) Representantes de las partes contratantes celebrarán reuniones consultivas para intercambiar observaciones, hacer recomendaciones a sus gobiernos, etc.
4) No se harán nuevas reclamaciones de soberanía territorial en
5) Después de expirados 30 años podrá pedirse que se convoque a una conferencia para su revisión.
Los treinta años se cumplieron el 23 de junio de 1991. Hasta hoy no se ha pedido que se convoque a tal conferencia.
Gran Bretaña, lo que hace no es propiamente una reclamación e de soberanía sobre
Juan Lósic,
Alumno Curso Derecho Internacional Público, UMAG - 2007
Es difícil tratar de abarcar todo el tema antártico y dejarlo completamente claro. Intentaremos precisar sus aspectos mas relevantes - principalmente lo que es el Tratado Antártico de manera muy general, la historia y algunos temas que justamente hemos revisado en el Curso de Derecho Internacional Público de
Este tratado, regula las relaciones entre los estados firmantes en las materias relacionadas con
El Tratado Antártico fue firmado el día 1 de diciembre de 1959, afectaría los territorios, incluyendo las barreras de hielo, ubicados al sur de los 60° de latitud sur. Los estados partes que firmaron inicialmente este tratado fueron Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Francia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Sudáfrica, URSS, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos, sin embargo el tratado mismo entrega la posibilidad que otros países puedan adherirse, desde 1959 en adelante han sido muchos mas los países que han pasado a formar parte de este tratado, entre ellos están, Polonia 1961, Holanda 1967, Brasil 1975, Bulgaria 1978, Alemania 1979, Uruguay 1980, Italia 1981, España 1982, Perú 1982, China 1983, India 1983, Finlandia 1984, Ecuador 1984, Suecia 1984, Corea del Sur 1986. Sin embargo, éstos cumplen la labor de países consultivos, es decir, tienen voz y voto en la reuniones consultivas del tratado. Los países adherentes pueden llegar a ser consultivos si han construido bases o realizado investigaciones en los territorios antárticos.
Sin embargo, la controversia de trascendencia internacional que se suscita hoy, es respecto de Inglaterra quien ya en 1955 había realizado reclamaciones de soberanía en contra del territorio ocupado por chile y argentina, ninguno de estos estados había aceptado la competencia respecto de la corte Internacional de Justicia, por lo que esta se abstuvo de conocer el caso, posteriormente en 1959 se firmo el Tratado Antártico, en el cual en una de sus disposiciones señala, “no se harán nuevas reclamaciones de soberanía en la antártica ni se harán, ni se ampliaran las reclamaciones anteriores mientras el tratado este en vigencia”, a su vez el tratado señala un plazo de vigencia de 30 años, y la disposición señala que, “ después de expirados los treinta años desde la entrada en vigencia del tratado, podrá pedirse que se convoque a una conferencia de para su revisión”. tal como lo señala la disposición, los 30 años se cumplieron el 23 de junio de 1991, sin que hasta el momento se haya convocado tal conferencia.
Inglaterra reclama un millón de kilómetros cuadrados de lecho marino. Según lo que señalan los medios, esta reclamación tendría base respecto de lo señalado en el Articulo 76 de
Resulta de toda evidencia hoy en día, que la reclamación no es solo por la soberanía Antártica sino mas bien por ampliar los derechos de explotación de las reservas de petróleo, gas y minerales hasta
Por cierto que en algún momento esta posición va a tener que ceder ante la presión que tiene dicho gobierno dentro de los círculos científicos norteamericanos, pero más aún por la presión de toda la comunidad internacional. Es más, esta postura probablemente se va a ver enfrentada a una normativa ambiental internacional que cada vez irá adquiriendo mayor coercibilidad jurídica, al punto de poder llegar a serle aplicable, incluso si no ha ratificado los acuerdos respectivos, dentro de lo que se podría señalar como “orden público internacional - ambiental” si se realizan actos que vulneren dichas normas y los principios que ellas expresan.